
En 2007 fue creado El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento por el Ministerio de Justicia con la misión de evitar que, por desconocimiento, las pólizas de vida se quedaran sin cobrar.
En 2021 aumentaron, con respecto a 2020, un 2,46% las personas que detectaron que eran potenciales beneficiarios de un seguro de vida contratado por un familiar fallecido según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia.
Los datos del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento mostraron que aproximadamente 246.000 personas descubrieron que podían ser beneficiarios de un seguro de vida de un familiar fallecido el pasado año. Se trata de uno de los productos financieros más habituales pero de los que menos constancia se suele tener por parte de familiares más cercanos y de los que por ende, podrían ser los beneficiarios.
Desde ese 2007, unos 5,5 millones de personas se han encargado de consultar el registro. 523.446 sólo el año pasado, cuando se recibieron unas 6.500 peticiones más que el año anterior. De esta manera, se expidieron 314.777 certificados con o sin contrato de seguro de vida asociado, y las gerencias territoriales de toda España, 176.453 certificados.
¿Cómo puedo pedir los certificados del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?
Esta solicitud de información para comprobar si eres beneficiario de un seguro de vida se puede enviar por vía telemática, por vía electrónica o por la aplicación del notariado; o bien por correo postal o de oficio, por otras Administraciones. También puede hacerse de forma presencial por las gerencias territoriales y por la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
De esos certificados solicitados en 2021, 123.773 procedían de las notarías, que están obligadas a informar de oficio cada vez que tramitan una herencia. Así, de ese número de certificados, 42.447 tenían asociada alguna póliza. Además, a la sede electrónica (telemática) del Registro llegaron otras 185.894 peticiones, y en 100.139 existía algún seguro de vida, puntualiza ‘EFE’.
¿Quién puede pedir los certificados del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?
Toda persona que crea que pueda ser beneficiario puede solicitar el certificado una vez que se acredite el fallecimiento del asegurado y hayan pasado 15 días desde el deceso. Para ello, habrá que presentar el certificado de defunción, rellenar la solicitud y abonar una tasa de 3,78 euros.
De esta forma se podrá acceder al registro en el que se emite una certificación donde constan los seguros (de vida y los de accidentes en los que se cubra la contingencia de fallecimiento) que correspondan para que el potencial beneficiario acuda a las compañías aseguradoras con tal de comprobar si esto es así. De no ser, la aseguradora no tendrá la obligación de revelar la identidad de los que sí sean beneficiarios de dicho seguro de vida del familiar fallecido.
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