seguro de hogar para pisos de alquiler

Un seguro que cubre el incumplimiento de contrato, robo de bienes y responsabilidad civil de terceros.

Con un seguro de hogar, el propietario de un inmueble consigue cubrirse de los riesgos o daños que su vivienda pueda sufrir: derivados de cortocircuitos eléctricos, rotura de cañerías, averías diversas, accidentes domésticos, daños causados por temporales o robos, etc. Dependiendo de lo estipulado en póliza. Pero ¿qué diferencia a este de un seguro para vivienda de alquiler? Vamos a verlo todo.

Son muchos los propietarios que buscan un seguro de responsabilidad civil para el alquiler de la vivienda cuando buscan arrendar una propiedad. Este seguro es un seguro de hogar que ofrece muchas ventajas frente a reclamos de indemnizaciones por daños involuntarios a terceros.

De hecho, son muchos los inquilinos y propietarios de inmuebles alquilados los que han podido comprobar lo que es poder contar con este tipo de garantías, en especial cuando ocurren incumplimientos contractuales, robos o siniestros. Así, el seguro para el alquiler de la vivienda está siendo cada vez más demandado.

Definición de la responsabilidad civil

Lo cierto es que el tema de la responsabilidad civil dentro de un contrato de alquiler genera muchas dudas en propietarios e inquilinos. ¿Qué coberturas ofrece un seguro de responsabilidad civil de alquiler? ¿Quién se hace cargo de la responsabilidad cuando ocurre algún imprevisto? ¿Es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil si vives de alquiler como inquilino? Estas son muchas de las preguntas que podemos hacernos como inquilino o arrendatario de un inmueble en alquiler.

Veamos el primer punto ¿Qué ofrece un seguro de responsabilidad civil para el alquiler de una vivienda? El concepto propio de responsabilidad civil nos va a dar la respuesta: se entiende por responsabilidad civil la obligación legal de resarcir o reparar el daño causado a una tercera persona o grupo de personas. El artículo 1902 del Código Civil español señala que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Esto conlleva necesariamente una pérdida o perjuicio tanto para la víctima como para el responsable. Se espera que este último restituya íntegramente la situación, es decir, deje las cosas en el estado en que se encontraban antes de su intervención. Es por ello que muchas personas deciden contratar los servicios de un seguro de hogar para trasladar la responsabilidad civil a una aseguradora que se encargará de restituir, reparar o indemnizar el daño a terceros ocasionados desde el hogar del asegurado. Y así, de este modo, no tener que hacer ningún desembolso desmesurado e inesperado de sus bolsillos.

Seguro para viviendas de alquiler vs seguro para inquilinos

Cuando hablamos de una vivienda de alquiler, podemos decir que existen riesgos muy específicos que requieren de una cobertura especial, tanto para el arrendador como para el arrendatario. De hecho, entre las cuestiones más debatidas se encuentra la de la responsabilidad civil dentro de un contrato de alquiler: ¿Quién la asume cuando la vivienda alquilada ocasiona daños a terceros?

Un seguro de hogar normal cubre los daños que sufra el inmueble en los supuestos que contempla la póliza, por ejemplo, daños eléctricos, estéticos, por fugas de agua, etc. También puede incluir la estructura, los elementos fijos de la vivienda y el contenido, como los muebles y bienes que se encuentren en ella. Entonces, ¿qué diferencia hay entre un seguro de hogar contratado por el propietario y otro para inquilinos?

En este sentido, no hay ninguna diferencia en lo esencial, ya que en un seguro de inquilinos se pueden incluir las coberturas que se quiera, la diferencia es que se amplían los posibles riesgos y se tiene en cuenta las necesidades concretas de la persona, en este caso del inquilino, que no son las mismas que las del propietario.

En un seguro de alquiler para inquilinos se tienen en cuenta aspectos como el asesoramiento, la defensa jurídica, la protección en caso de incumplimiento de contrato, el robo de sus bienes y, sobre todo, la responsabilidad civil frente a terceros.

Respondiendo a la pregunta si es o no obligatorio su contratación: en ningún caso es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil de alquiler por parte del inquilino, aunque sin duda es recomendable para él, ya que obtendrá una mayor protección y más tranquilidad.

¿Qué cubre un seguro de responsabilidad civil en alquiler de vivienda?

Los seguros para inquilinos hacen más hincapié en el contenido que en el continente, es decir que sus garantías se enfocan en siniestros como incendios, explosiones, rayos o actos malintencionados que pueden afectar al contenido. La protección del continente corre a cargo del propietario.

Las coberturas dependen del tipo de póliza que cada compañía de seguros ofrezca y de las diferentes modalidades según el nivel de protección. Las garantías más habituales son la protección del contenido del inmueble de robos y daños, la cobertura de responsabilidad civil, daños por agua, daños eléctricos, posibles averías del hogar, defensa jurídica, y recuperación de la fianza.

Garantías y coberturas del seguro de impago de alquiler

El seguro de impago de alquiler ayuda al propietario de la vivienda en alquiler a estar tranquilo frente a impagos o daños que pueda ocasionar el inquilino en la vivienda arrendada. ¿Qué ventajas tiene contratar un seguro de impago de alquiler?

  • Impago del alquiler: el propietario recibe el pago de las rentas en caso de que el inquilino no lo haya abonado.
  • Cobertura de gastos de desahucio.
  • Daños al continente por malquerencia del inquilino.
  • Asesoramiento profesional.
  • Estudio de solvencia del inquilino: para ver la viabilidad o solvencia financiera del arrendatario y comprobar si es solvente o tiene deudas, evitando de este modo su posible morosidad.
  • Trámite y gestión total de siniestros. Si existe un desafortunado siniestro, en Nephilim nos encargamos de todo el trámite para que el propietario no tenga de lo que preocuparse.

Si necesitas que te asesoremos personalmente pensando en tus intereses y en lo que puede ser conveniente para ti, ponte en contacto con nosotros llamando al ☎ 951 955 000 (también por WhatsApp) o escríbenos a info@nephilim-mediacion.es.