cancelar un seguro

Plazos para cancelar un seguro vinculado a un préstamo o hipoteca

Los plazos del seguro: Cancelar un seguro vinculado con el banco

Cancelar un seguro vinculado a una hipoteca o préstamo es totalmente lícito. Igualmente, contratar un seguro con una entidad bancaria no es obligatorio y estamos respaldados tras la nueva ley hipotecaria que prohibe expresamente las ventas de seguro vinculados a préstamos. De hecho, cuando el banco nos ofrecen el contrato para firmar nuestra hipoteca debemos tener mucho cuidado, porque quizás el de la contratación de un seguro se encuentre entre uno de ellos y no tenemos por qué acceder a firmarlo de forma obligada.

¿Cuáles son los plazos para cancelar un seguro vinculado con el banco?
Según la legislación vigente, si contratas un seguro individual por más de 6 meses sobre la vida propia o la de un tercero podrás terminar el contrato sin indicar motivo y sin penalización en el plazo de 30 días siguientes desde la recepción del documento provisional de la póliza reclamando el extorno de la prima cobrada.

Es decir, antes de que pasen esos 30 días estipulados por ley puedes cancelar un seguro vinculado con el banco con un simple «no gracias» sin dar justificación ni razón alguna.

¿Y si esos 30 días se han pasado ya no puedo cancelar un seguro?

Si esos 30 días ya han pasado, puedes cancelar la renovación un mes antes de la fecha de renovación de la póliza de seguro.


En Nephilim Mediación nos encargamos de asesorarte y de que dar de baja un seguro con el banco pueda ahorrarte un gran pico de tu precio final. Consúltanos sin compromiso llamando al 951 95 50 00 o escríbenos un email a: info@nephilim-mediacion.es