seguro de impago de alquiler

Se dispara la contratación de seguros de impago del alquiler en lo que llevamos de año.

8 de cada 10 arrendatarios afirman que se sienten legalmente desprotegidos ante cualquier incidente que pueda surgir con su inquilino. De hecho, la principal intranquilidad de los propietarios es dejar de cobrar el alquiler, sobre todo ahora que seguimos en un momento confuso con la actual pandemia sanitaria. Además, los caseros cuentan con la preocupación del no saber el estado en el que se quedará la vivienda una vez que termine el contrato de alquiler.

Al comienzo de la pandemia ya se vio multiplicado por tres el número de inquilinos que tuvieron problemas para hacer frente al pago de sus cuotas de alquiler. Esto se ha tradujo en un aumento de la contratación de seguros por parte de los arrendatarios y esto ha continuado hasta hoy que incluso se ha disparado en estos primeros seis meses del año.

Este tipo de seguros no solo permiten cubrir la renta, sino también los daños a la vivienda, robos al inmueble y la defensa legal, en función de las coberturas contratadas.

Y es por ello que los arrendatarios, conociendo el riesgo que afrontan al alquilar sus inmuebles, siguen buscando protección con los seguro de impago de alquiler y este continúa ganado fuerza. Además, las sanciones por tener pisos vacíos o conocer los procedimientos para desalojar okupas son otras de las inquietudes actuales de los arrendatarios.

7 consejos antes de contratar un seguro de impago de alquiler

Antes de contratar un seguro de alquiler se recomienda tener en cuenta esta serie de consejos:

  1. Contar con una aseguradora o corredor de confianza. Antes de contratar un seguro es indispensable elegir una correduría de seguros o compañía de confianza, ya que existen empresas que ofrecen pólizas de impago de alquiler que no son legales. Para ello, conviene que la compañía o correduría que se elija esté reconocida por la Dirección General de Seguro y Fondo de Pensiones.
  2. La cobertura, mejor de un año. Es esencial que la póliza tenga una cobertura de al menos un año, ya que estaremos protegidos, además de que el inquilino deje de pagar durante un periodo las cuotas, también podremos poder llegar a pedir un desahucio.
  3. Tener en cuenta el tiempo del alquiler. Contar con el tiempo por el cual el propietario tendrá la vivienda alquilada es muy importante si vamos a contratar un seguro de este tipo, ya que sus condiciones no son iguales para un alquiler de temporada que para uno con mayor temporalidad.
  4. Estudiar a los inquilinos. Las aseguradoras o corredurías valoramos al inquilino a través de un informe de riesgo para saber si es o no buen candidato para el alquiler de la vivienda. Además de realizar un informe de solvencia del inquilino, también se determina los tipos de cobertura que serían aptos para contratar como, por ejemplo, en lo referente a daños materiales que le puedan ocasionar a la vivienda.
  5. El propietario es quien debe contratarlo. Es lógico pensar que es responsabilidad del propietario el contratar este seguro para, sobre todo, estar cubiertos ante el impago de la renta y otras coberturas al continente, pero también es importante saber que existen seguros se hogar para pisos de alquiler que pueden contratar los propios inquilinos.
  6. Ojo con publicidad o seguros engañosos. Es muy importante ser precavido ante la publicidad que se nos presenta y poner mucha atención a la letra pequeña de los contratos, para tener las garantías acerca de los derechos y coberturas del producto que se contrata.
    De hecho, El Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA) lanzó un decálogo para detectar los falsos seguros de alquiler e insiste en que estos productos sólo se comercializan por las propias aseguradoras o a través de mediadores de seguros autorizados. Aconseja comprobar que el vendedor es la propia aseguradora, un mediador o corredor de seguros o colaborador externo con formación homologada. Además, El Observatorio recomienda analizar bien las campañas de publicidad y sospechar de los productos con precios agresivos y de los que solicitan pocas exigencias para los inquilinos, así como revisar detenidamente la web de presentación y venta del producto y comprobar que trabaja con compañías aseguradoras.
  7. Detallar las características de la vivienda. Y por último, y no por ello menos importante, a la hora de firmar un contrato de alquiler es importante realzar fotografías de la vivienda e inventariar los objetos que dejemos en la misma. De este modo, si el inquilino produce daños intencionados en la vivienda servirá de prueba y cualquier procedimiento o actuación será mucho más rápida y sencilla.