reclamar seguro de vida

El 45,5% de todas las consultas fueron positivas y tenían un seguro de vida que podían cobrar.

Casi 212.000 personas descubrieron en 2019 que un familiar que había fallecido tenía un seguro de vida del que podían ser beneficiarios y cuya existencia desconocían.

Según los datos del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento recabados por Efe, un total de 211.799 consultas (el 45,5%) tuvieron un resultado positivo. Este registro fue fundado en 2007 por el Ministerio de Justicia con la intención de que no quedaran pólizas de seguro sin cobrar por desconocimiento por parte de los beneficiarios. Desde entonces, ha sido consultado por más de 4,5 millones de personas (solo 465.271 lo consultaron el año pasado).

También se pueden realizar consultas informativas, es decir, cuando una persona tiene dudas sobre sus pólizas contratadas. Figuran 4.343 solicitudes en vida del asegurado en 2019; una cifra muy inferior a las 6.584 recibidas en 2018.

¿Cuándo podemos hacer dicha consulta?

El acceso al registro solo puede hacerse una vez que ha fallecido el asegurado según explica el Ministerio de Justicia en su página web: «El acceso al registro (para pedir certificados) sólo podrá realizarse una vez fallecido el asegurado, previa acreditación de tal circunstancia, y siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de defunción».

Para realizar dicha solicitud por tanto tendremos que adjuntar el certificado de defunción, rellenar la solicitud y abonar una tasa de 3,78 euros. De esta manera, el registro emite una certificación donde figuren, si existen, los seguros que tuviera contratado el asegurado. Con este certificado el interesado podrá acudir a las aseguradoras para saber si es beneficiario de las mismas.

Este trámite puede ser interesante ya que existen situaciones en los que hay contratado un seguro de vida pero el familiar lo desconoce y se queda sin cobrar. Del mismo modo puede suceder que la persona que hace la consulta no sea el beneficiario del seguro. En este caso, la aseguradora no está obligada a revelar la identidad de la persona que tiene derecho a cobrarlo.

¿Cómo podemos solicitar el certificado?

El certificado se puede solicitar por correo, por internet o acudiendo personalmente a la sede central del registro o a las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, entre otras.

Estos datos se mantendrán disponibles durante cinco años después del fallecimiento del asegurado y se refieren solo a los seguros de vida y a los de accidentes en los que se cubra la contingencia de fallecimiento y no incluyen planes de pensiones ni otros productos de ahorro similares.

De las peticiones de notas y certificados que se recibieron en 2019, 118.113 procedían de las notarías, que están obligadas a informar de oficio cada vez que tramitan una herencia, y que emitieron el mismo número de certificados, de los que 38.335 tenían asociada alguna póliza.

Otras 54.403 peticiones llegaron por vía telemática, y en 26.340 de ellas existía algún seguro. Además, se tramitaron 49.289 peticiones en alguna de las oficinas habilitadas, emitiéndose 49.163 certificados, de los que 22.983 obtuvieron un resultado positivo.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiario y reclamar un seguro de vida?

Antiguamente, muchos seguros de vida quedaban sin reclamar y sin cobrar por parte de los beneficiarios. Actualmente, con el Registro de seguros de vida podemos consultar si somos beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado. Consulta cómo puedes reclamarlo.