reclamar indemnización al consorcio

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial española con actividad en el sector del seguro que cuenta con parte de patrimonio del estado para obrar por el cumplimiento de sus fines en cobertura de daños.

Uno de los fines del Consorcio es cubrir los riesgos extraordinarios que ocurren en España, como por ejemplo catástrofes naturales determinadas o atentados terroristas. También cubre los daños causados por vehículos que circulan sin el seguro obligatorio de auto, vehículos robados o desconocidos. En caso de que te veas afectado por alguna de las situaciones antes mencionadas, puedes reclamar una indemnización al Consorcio.

El Consorcio de Compensación de Seguros se financia con los ingresos de los recargos que se aplican a la mayoría de las pólizas de seguros, de modo que, es como si todos los asegurados tuviéramos dos pólizas de seguros en una:

  • Una para los riesgos ordinarios contratada con la compañía de seguros que hayamos elegido.
  • Y otra con el Consorcio, que cubre los riesgos extraordinarios y los otros casos en los que interviene esta institución.

Lo primero que debemos saber es que para estar cubierto por el Consorcio de Compensación de Seguros en caso de catástrofe natural o de atentado terrorista debemos tener un seguro contratado con cualquier aseguradora. Según sea el seguro que tengamos (vida riesgo, accidentes, comercio, hogar, auto…), estaremos protegidos frente a uno u otro perjuicio.

Otra cosa que debemos saber es que El Consorcio cubre nuestros daños personales por las causas consideradas riesgos extraordinarios en cualquier lugar del mundo.

Del mismo modo, cuando nos veamos involucrado en un accidente de tráfico causado por un vehículo sin seguro, desconocido o robado, estaremos protegidos por el Consorcio ya que somos considerados como un tercero perjudicado.

¿Cómo podemos reclamar una indemnización al Consorcio?

La reclamación al Consorcio la puedes hacer tú mismo o bien dejar que sea tu compañía de seguros o tu mediador de seguros el que la realice por ti. ¿Cómo puede gestionarse? Estos son los canales de contacto con el Consorcio:

  • A través de su página web: consorseguros.es (mediante certificado o DNI electrónico)
  • Por teléfono: 900.222.665 o 952.367.042
  • Por correo postal o en persona, en las delegaciones del Consorcio (https://www.consorseguros.es/web/contacto/sede-central/delegaciones)
  • Los daños a reclamar pueden ser personales, o los sufridos en bienes y propiedades (vehículos, inmuebles, etc.). Si tu póliza los incluye, también se cubre la pérdida de beneficios. Por ejemplo, cuando una inundación impide trabajar a una empresa durante unos días.

Es necesario saber que para formalizar la reclamación será necesario aportar nuestros datos personales, la información de nuestro contrato (número de póliza y recibo de pago), así como todas aquellas pruebas y testimonios que hayamos podido recabar y que dejen constancia de lo sucedido y los daños ocasionados (informes periciales, fotografías, restos de bienes dañados, facturas…). Además, es importante solicitar la reclamación cuanto antes y no dejar pasar demasiado el tiempo.

Otra finalidad muy poco conocida del Consorcio es la liquidación y saneamiento de entidades aseguradoras. Es decir, en el hipotético caso de que nuestra compañía de seguros fuese declarada insolvente o quebrase, el Consorcio cubriría nuestros posibles daños mientras que se hace cargo de la entidad y liquida sus bienes, compensándonos si fuera necesario. En este caso no tendríamos que reclamar nada, el Consorcio se pondría en contacto con nosotros.